Víctor Álvarez R.
El Banco Central de Venezuela (BCV) es
la institución responsable de velar por la estabilidad monetaria y de precios,
asunto que tiene mucho que ver con la preservación del poder adquisitivo de los
hogares. Si el BCV falla en preservar la capacidad de compra de la moneda
nacional y no logra mantener la estabilidad de los precios, esto se traduce en
un deterioro del ingreso familiar y en un empobrecimiento generalizado de la
población.
Para que pueda cumplir con
éxito su misión, en la Constitución del 99 al BCV se le reconoció su carácter
autónomo e independiente de las políticas del gobierno. El artículo 318
establece la autonomía del BCV en el diseño y ejecución de la política
monetaria, en la regulación de la moneda, del crédito, las tasas de interés y
en la administración de las reservas internacionales, así como su
corresponsabilidad junto al Ministerio de Finanzas en el diseño de la política
cambiaria. Y en el Artículo 320 de la Constitución se lee claramente que: “En el ejercicio de sus funciones, el Banco
Central de Venezuela no estará subordinado a directivas del Poder Ejecutivo y no podrá convalidar o financiar políticas fiscales
deficitarias”.
Sin embargo, estos mandatos constitucionales quedaron como letra muerta, toda vez que el BCV terminó siendo un órgano totalmente subordinado y funcional a las necesidades de financiamiento del gobierno. Con frecuencia escuchamos las críticas que se hacen al déficit de las empresas públicas y su financiamiento con desmesuradas emisiones de dinero sin respaldo que causan la hiperinflación.
